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Todo Sobre las Visas Q y R

07-08-Julio-2014Información Especifica

Visa Q: Los participantes en un programa de intercambio cultural diseñado para proveer entrenamiento y empleo práctico, así como ofrecer conocimientos de la cultura nacional del solicitante, requieren una visa de clasificación Q. El entrenador/empleador debe ser previamente aprobado por el Departamento de Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (U.S. Citizenship and Immigration Services - USCIS) y el intercambio cultural debe desarrollarse en una escuela, museo, negocio u otro establecimiento donde el público esté expuesto a los diversos aspectos de la cultura nacional del solicitante, como parte de un programa estructurado.

Visa R: Ministros o trabajadores religiosos pueden calificar para la obtención de una visa de trabajo religioso (R) si, por los 2 años inmediatos previos a su solicitud, han sido miembros de una denominación religiosa que tiene una contraparte legal no lucrativa en los Estados Unidos. La asociación religiosa legal debe tener un estatus de excepción de impuestos como organización descrita en la sección 501(c)(3) del Código de Ingresos Internos de 1986. Aquellas personas que buscan entrar a los Estados Unidos bajo una visa R deben hacerlo con la convicción de desarrollar únicamente una vocación religiosa como ministro o para trabajar profesionalmente en una ocupación u organización denominada religiosa.


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07-Julio-2014Abogados en Houston

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