¿El Solicitante Califica para ser Ciudadano de Estados Unidos?
Toda La Información
La ciudadanía Estadounidense no solo es determinada por haber nacido en Estados Unidos. Es posible que un ciudadano estadounidense le transmita la ciudadanía a sus hijos, dependiendo de la fecha de nacimiento del hijo y de si los padres residieron cierto tiempo en Estados Unidos. Ocasionalmente, durante el proceso de visa, los funcionarios consulares se dan cuenta de que un solicitante califica para ser ciudadano Estadounidense.
Si considera que usted o un miembro de su familia que actualmente esté solicitando una visa pueda ser ciudadano americano, por favor conteste las siguientes preguntas:
- ¿El solicitante nació en Estados Unidos? Si responde “Si,” entonces el solicitante es ciudadano estadounidense. Si responde “No,” aún es posible que el solicitante pueda ser ciudadano estadounidense por otras circunstancias
- ¿El solicitante nació fuera de Estados Unidos pero ambos padres eran ciudadanos estadounidenses cuando el solicitante nació? Si responde “Si,” el solicitante es ciudadano estadounidense si ambos padres son ciudadanos estadounidenses y al menos uno de los padres nació o vivió en Estados Unidos.
- ¿El solicitante nació fuera de Estados Unidos, pero sólo uno de los padres era ciudadano estadounidense? Es posible que el solicitante sea ciudadano estadounidense. Por favor, revise los requisitos para que uno de los padres pueda transmitir la ciudadanía a sus hijos en las siguientes tablas:
Si uno de los padres del solicitante era ciudadano estadounidense y el otro era extranjero:
- si el solicitante nació antes del 13 de Enero de 1941, entonces el padre estadounidense deber haber residido en Estados Unidos antes de que el solicitante naciera.
- si el solicitante nació entre el 13 de Enero de 1941 y el 24 de Diciembre de 1952, entonces el padre estadounidense debe haber residido en Estados Unidos diez años antes de que el solicitante naciera, cinco de estos años después de que el padre cumpliera 16 años.
- si el solicitante nació entre el 24 de Diciembre de 1952 y el 14 de Noviembre de 1986, entonces el padre estadounidense debe haber residido en Estados Unidos diez años antes de que el solicitante naciera, cinco de estos años después de que el padre cumpliera 14 años.
- si el solicitante nació el 14 de Noviembre de 1986 o después, entonces el padre estadounidense debe haber residido en Estados Unidos cinco años antes de que el solicitante naciera, dos de estos años antes de que el padre cumpliera 14 años.
Si el solicitante nació fuera del matrimonio y la madre es ciudadana estadounidense:
- si el solicitante nació antes del 24 de Diciembre de 1952, entonces la madre estadounidense debe haber residido en Estados Unidos por cualquier periodo de tiempo antes de que el solicitante naciera. El nacimiento de la madre en Estados Unidos es suficiente para transmitir la ciudadanía.
- si el solicitante nació el 24 de Diciembre de 1952 o después, entonces la madre estadounidense debe haber residido en Estados Unidos por doce meses continuos antes del nacimiento del solicitante.
Si el solicitante nació fuera del matrimonio y el padre del solicitante es ciudadano estadounidense, mientras que la madre del solicitante no lo es:
- Si el solicitante nació antes del 13 de Enero de 1941, entonces el padre estadounidense debe haber residido en Estados Unidos por cualquier periodo de tiempo antes de que el solicitante naciera. El nacimiento del padre en Estados Unidos es suficiente para transmitir la ciudadanía.
- si el solicitante nació entre el 13 de Enero de 1941 y el 24 de Diciembre de 1952, entonces el padre estadounidense debe haber residido en Estados Unidos diez años antes de que el solicitante naciera, cinco de estos años después de que el padre cumpliera 16 años.
- si el solicitante nació entre el 24 de Diciembre de 1952 y el 14 de Noviembre de 1986, entonces el padre estadounidense debe haber residido en Estados Unidos diez años antes de que el solicitante naciera, cinco de estos años antes de que el padre cumpliera 14 años.
- si el solicitante nació el 14 de Noviembre de 1986 o después, entonces el padre estadounidense deber haber residido en Estados Unidos cinco años antes de que el solicitante naciera, dos de estos años después de que el padre cumpliera 14 años.
Si considera que usted o un miembro de su familia califica para la ciudadanía estadounidense bajo alguna de estas circunstancias, por favor infórmelo al funcionario consular al momento de su entrevista o contacte a la sección de Servicios a Ciudadanos Americanos de este consulado.
Read the full article at: http://spanish.ciudadjuarez.usconsulate.gov/ciudadania.html
Nuestra empresa fue fundada en 1997 y se ha dedicado a proveer servicios legales pendientes desde entonces. Hacemos las necesidades de nuestros clientes sean una prioridad. Trabajamos duro y agresivamente para asegurarse de que estará representado profesionalmente. Nunca olvidamos que nuestros clientes son el centro de nuestra práctica.Nuestra empresa comparte el compromiso de proporcionar servicios eficaces y personalizadas que se gana la confianza de particulares y empresas por igual. Nuestros abogados de combinar las habilidades de una gran empresa, pero con la atención personalizada que usted se merece. Somos honestos y rectos hacia adelante y ofrecer un servicio eficiente y expedita. Nuestra firma es multilingüe y siempre tendrá la oportunidad de hablar directamente con un abogado. Nuestros honorarios son justos y razonables y se basan en la naturaleza y complejidad del caso. Los planes de pago están disponibles.
Abogado de inmigración en Houston TX
Abogado de inmigración en Houston TX, Ley de inmigración en Houston TX, Gino Mesa Law Firm, Asesores legales Houston, Abogados en Houston, Visas de No-Inmigrante, Visas basadas en peticiones de empleo, Visas por Certificación de Trabajo en Houston TX, Abogado Gino Mesa, Visas Permanentes, Peticiones basadas en la familia, Procesos Consulares, Peticiones VAWA, Visas U, Naturalización y Ciudadanía, Visas Religiosas, Permisos de Trabajo, Cumplimiento de formas 1-9, Defensa de Remoción y Deportación, Asilo y Refugio,Litigio Federal