Skip to main content

Acta de Ciudadanía del Menor del 2000

Visa de Inmigrante para su Hijo

Al ir completando el proceso de solicitar una visa de inmigrante para su hijo menor, tome nota de que su hijo puede verse beneficiado por las disposiciones del “Acta de Ciudadanía del Menor del 2000”. Esta ley, en efecto desde el 27 de Febrero del 2001, facilita la adquisición de la ciudadanía estadounidense a hijos nacidos en el extranjero (tanto biológicos como adoptivos) de ciudadanos estadounidenses cuando estos hijos no adquieren la ciudadanía estadounidense al nacer.

Bajo esta ley, los menores automáticamente adquieren la ciudadanía estadounidense si todas las condiciones siguientes se cumplen:

  • Uno de los padres es ciudadano de Estados Unidos, ya sea por nacimiento o por naturalización.
  • El hijo(a) es menor de 18 años.
  • El menor esta residiendo en Estados Unidos habiendo sido admitido legalmente como un residente permanente y el padre estadounidense tiene la custodia física y legal del menor.
  • Los hijos adoptivos deben de cumplir con los requisitos de la Sección 101(b)(1)(E), o bien de la Sección 101(b)(1)(F) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad de Estados Unidos (INA, por sus siglas en inglés).

Información Adicional

Bajo esta ley, la ciudadanía estadounidense se adquiere el día en que la última de las condiciones para calificar se ha completado. Por consiguiente, la ciudadanía estadounidense no se recorrerá a la fecha de nacimiento del menor.

Aunque la ciudadanía estadounidense se concede automáticamente a aquellos que califican, es recomendable que usted obtenga documentación que pruebe el estatus de su hijo(a) como ciudadano estadounidense, de ese modo la adquisición de la ciudadanía estadounidense será solo cuestión de registro.

Una manera para hacerlo es solicitar un pasaporte estadounidense para su hijo/a. Después de que usted entre a Estados Unidos y su hijo haya sido admitido como residente legal, usted puede llevar la solicitud de pasaporte previamente completada a cualquier agencia que expida pasaportes, funcionario de juzgados u oficina de correos que este autorizada para aceptar estas solicitudes. Como es necesario presentar pruebas de que su hijo(a) ha reunido todas las condiciones de esta Acta (previamente mencionadas), es importante que presente la tarjeta de residencia permanente del menor (también conocida como “green card”) o el pasaporte donde viene el sello de admisión por la Agencia de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP por sus siglas en ingles) el cual fue sellado al momento de su primera admisión a Estados Unidos como inmigrante. Para más información sobre el proceso de solicitud de pasaporte, consulte la página en línea del Departamento de Estado.

Usted también puede documentar la ciudadanía de su hijo(a) solicitando un Certificado de Ciudadanía con el Servicio de Inmigración y Servicios Migratorios de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en ingles). Le aclaramos que el Certificado de Ciudadanía no es un documento de viaje y que no puede ser usado en lugar del pasaporte con este fin.

Read the full article at: http://spanish.ciudadjuarez.usconsulate.gov/acta_2000.html

Nuestra empresa fue fundada en 1997 y se ha dedicado a proveer servicios legales pendientes desde entonces. Hacemos las necesidades de nuestros clientes sean una prioridad. Trabajamos duro y agresivamente para asegurarse de que estará representado profesionalmente. Nunca olvidamos que nuestros clientes son el centro de nuestra práctica.Nuestra empresa comparte el compromiso de proporcionar servicios eficaces y personalizadas que se gana la confianza de particulares y empresas por igual. Nuestros abogados de combinar las habilidades de una gran empresa, pero con la atención personalizada que usted se merece. Somos honestos y rectos hacia adelante y ofrecer un servicio eficiente y expedita. Nuestra firma es multilingüe y siempre tendrá la oportunidad de hablar directamente con un abogado. Nuestros honorarios son justos y razonables y se basan en la naturaleza y complejidad del caso. Los planes de pago están disponibles.

23-acta-de-ciudadania-del-menor-del-2000-2014Peticiones VAWA

Abogado de inmigración en Houston TX, Ley de inmigración en Houston TX, Gino Mesa Law Firm, Asesores legales Houston, Abogados en Houston, Visas de No-Inmigrante, Visas basadas en peticiones de empleo, Visas por Certificación de Trabajo en Houston TX, Abogado Gino Mesa, Visas Permanentes, Peticiones basadas en la familia, Procesos Consulares, Peticiones VAWA, Visas U, Naturalización y Ciudadanía, Visas Religiosas, Permisos de Trabajo, Cumplimiento de formas 1-9, Defensa de Remoción y Deportación, Asilo y Refugio,Litigio Federal

SOBRE NUESTRA CONSULTA GRATUITA

Le daremos una respuesta lo más completa posible para que pueda tomar la mejor decisión. Obtenga más información sobre lo que hace que nuestra consulta gratuita sea única.

RESERVA TU CONSULTA GRATUITA

¿Preguntas sobre su caso de inmigración? Las responderemos durante su consulta inicial gratuita.  Llame (713) 923-1331 ¡o envíe este formulario para comenzar!

Por favor escriba su Nombre Completo

Invalid email address.

Por favor escriba su nombre completo

Invalid Input

Invalid Input

Cualquier y toda la información se mantendrá completamente privada.

Aceptamos los siguientes métodos de pago: Efectivo, Tarjeta de Débito, Cheque, Visa, Master Card.

visamastercardamexcashcheck 

© G Mesa Law Firm. Todos los derechos reservados.
Desarrollado por LaraNet.

Consúltenos para obtener asesoramiento sobre su situación individual. Este sitio y su información no es un consejo legal, ni tiene la intención de serlo. No dude en ponerse en contacto por correo electrónico, cartas o llamadas telefónicas. Ponerse en contacto con nosotros no crea una relación abogado-cliente. Hasta que se establezca una relación abogado-cliente, absténgase de enviarnos información confidencial.