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Visas para Transferencias Corporativas

Visas L

La clasificación de visa L aplica a empleados de una empresa transferidos, que dentro de los tres años anteriores, han laborado en el extranjero de forma continua durante un año, y quienes serán empleados y la realizarán tareas para una sucursal, subsidiaria, filial o matriz del mismo empleador en Estados Unidos, desempeñando funciones directivas, ejecutivas o de conocimiento especializado.

Información sobre la Petición

El futuro empleador del solicitante debe presentar una Petición para Trabajadores Extranjeros No-Inmigrantes (Forma I-129), con la Oficina de Ciudadanía y Servicios Migratorios de Estados Unidos (USCIS por sus siglas en inglés) del Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Para información detallada sobre el proceso de petición, así como los requisitos, favor de visitar la página de internet de USCIS para Trabajadores Temporales.  La petición, Forma I-129 debe ser aprobada por USCIS antes que el futuro empleado pueda solicitar su visa en la Embajada o Consulado de Estados Unidos en el extranjero.

Si la petición es aprobada, el empleador o agente recibirá una Notificación de Acción, Forma I-797, que sirve para notificarle de la aprobación de dicha petición.  Sin embargo, la forma I-797 ya no es necesaria para la entrevista del solicitante de visa ya que la aprobación de la petición es verificada a través de un sistema del Departamento de Estado llamado Servicio de Administración de Información de Peticiones (PIMS por sus siglas en inglés).  Para poder verificar la aprobación de la petición, usted deberá presentar su número de recibo de su petición I-129 así que asegúrese de tener este número disponible.  Es importante tomar en cuenta que la aprobación de una petición no garantiza la obtención de la visa a un solicitante que se encuentre inelegible bajo alguna de las disposiciones de la ley de Inmigración y Nacionalidad.

Tiempos

  • Si una petición ha sido aprobada, nuestras oficinas están autorizadas para aceptar peticiones de visas L y expedir visas a los solicitantes que hayan calificado hasta 90 días antes de la fecha de inicio de del empleo del trabajador indicada en la forma I-797, Notificación de Acción. Los solicitantes pueden utilizar la visa para solicitar su entrada a Estados Unidos diez días antes del inicio del periodo aprobado que se indica en la Forma I-797.
  • Los solicitantes pueden trabajar sólo durante el periodo de vigencia de la visa.
  • Los trabajadores temporales que deseen quedarse más allá del tiempo indicado en su forma I-94 deberán contactar a USCIS.


Fuente: ciudadjuarez

 
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