¿Cómo solicitar la residencia permanente para un familiar?
Abogado de Inmigración en Houston
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, sigla en inglés) atiende los pedidos de ciudadanos y residentes estadounidenses que solicitan la residencia permanente o tarjeta verde ("Green Card") para familiares.
Los familiares directos de ciudadanos estadounidenses incluyen hijos/hijas solteros menores de 21 años, cónyuges, padre/madre de un ciudadano mayor de 21 años.
Otros familiares de ciudadanos estadounidenses incluyen hijos/hijas solteros mayores de 21 años, hijos casados de cualquier edad y hermanos/hermanas de por lo menos 21 años de edad.
Los familiares de residentes permanentes incluyen cónyuges e hijos/hijas solteros.
Para solicitar la residencia permanente para un familiar, llene el formulario I-130. Debe presentar un formulario por separado para cada pariente.
Casos especiales de familia
En casos especiales el familiar directo puede solicitar la visa sin el conocimiento del ciudadano estadounidense con quien tiene parentesco si:
- Es hijo(a) o cónyuge maltratado(a) de un ciudadano estadounidense.
- Entró a Estados Unidos con una visa K como prometido(a) o cónyuge de un ciudadano estadounidense o como hijo(a) acompañante.
- Obtuvo una visa V para no-inmigrantes.
- Es viudo(a) de un ciudadano estadounidense.
- Su padre/madre fue diplomático en Estados Unidos cuando usted nació.
Residencia permanente a través del estatus de refugiado o asilado
Usted puede solicitar la residencia permanente o "Green Card" como asilado o solicitar la "Green Crad" como refugiado si:
- Ingresó a Estados Unidos como refugiado
- Ingresó a Estados Unidos como familiar elegible de un asilado
- Su asilo fue concedido en Estados Unidos
- Visas de inmigrante para trabajar en Estados Unidos
Si usted desea trabajar permanentemente en Estados Unidos, deberá cumplir con los requisitos para solicitar una visa de inmigrante en una de las siguientes categorías:
- EB-1. Para personas con aptitudes extraordinarias en ciencias, artes, educación, negocios, deportes, etc.
- EB-2. Para profesionales con títulos de posgrado, o personas con aptitudes excepcionales en artes, ciencias o negocios.
- EB-3. Para profesionales, trabajadores especializados y otros.
- EB-4. Para inmigrantes especiales como trabajadores religiosos, empleados del Gobierno de Estados Unidos en el extranjero, personal jubilado de organizaciones internacionales y menores protegidos por tribunales de Estados Unidos, entre otros.
- EB-5. Para inversionistas de negocio que inviertan $1 millón o $500,000 y que cumplan con ciertos requisitos de inversión.
Fuente: usa
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